Auto Supremo AS/0250/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2009

Fecha: 26-Nov-2009

En esa definición legal, de la revisión de obrados en el caso de autos se


En esa definición legal, de la revisión de obrados en el caso de autos se establece que el ad quem incurrió, en incumplimiento procesal, con la emisión del auto de vista de fs. 239-240, conforme sale de obrados y de cuya relación se establece que emitida la Sentencia ya referida por la Juez de Primera Instancia, fue apelada por el apoderado legal del Centro CICA demandado a fs. 215-216 y, concedido el recurso a fs. 219, en conocimiento del mismo el tribunal de apelación se declara "sin competencia" para su conocimiento, argumentando carecer de fundamentación legal, de acuerdo con la previsión de los arts. 205 y 227 recién citados, omisión que según afirma, inviabiliza la apertura de su competencia para la revisión del fallo recurrido, conforme con el art. 236 del Procedimiento Civil