Auto Supremo AS/0269/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2009

Fecha: 17-Nov-2009

e) Las revisiones médicas a las que el trabajador tiene derecho están establecidas por el


e) Las revisiones médicas a las que el trabajador tiene derecho están establecidas por el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 507 de 16 de octubre de 2006 sobre obligación de revisión médica por riesgo profesional hasta una tercera evaluación, inclusive de oficio, por el SENASIR. En el mismo sentido, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 171 de 30 de abril de 2007 extendió ese derecho de revisión médica hasta una cuarta y última evaluación, significando con ello que el Estado protege el capital humano que no puede seguir en actividad laboral, asegurando los medios de subsistencia de los trabajadores, otorgándoles, previo examen del Tribunal Médico Calificador, la renta por riesgo profesional, evitando así la discontinuidad de los medios de subsistencia