Auto Supremo AS/0439/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0439/2009

Fecha: 05-Nov-2009

Que en el caso de autos las investigaciones penales se inician el 9 de noviembre


Que en el caso de autos las investigaciones penales se inician el 9 de noviembre de 1999 (fojas 1), elaboradas las diligencias de policía judicial y puestas en conocimiento de la autoridad jurisdiccional, el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra el 1 de diciembre de 1999 (fojas 189 a 190 vuelta) dicta Auto de Apertura de proceso contra Ofelia Marzana Quispe, Segundino Céspedes Taicachi, Lourdes Parra Coca, Carlos Gonzáles Cruz, Teodora Parra Coca y Julia Velásquez Rodríguez por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas; recibidas las declaraciones confesorias de los procesados (fojas 209 a 211, 233 a 234 vuelta, 256 a 257, 283 a 285, 313 a 315) y declarada la rebeldía de la procesada Julia Velásquez Rodríguez (fojas 320), el proceso en primera instancia concluye con sentencia condenatoria de 1 de agosto de 2002 (fojas 792 a 798) que en apelación es confirmada por Auto de Vista de 29 de mayo de 2003 (fojas 832 a 833 vuelta) pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; que a mérito del recurso de casación (fojas 835 a 836) el proceso es recibido en ésta Corte Suprema de Justicia de la Nación el 15 de diciembre de 2003 (fojas 842)