Auto Supremo AS/0439/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0439/2009

Fecha: 05-Nov-2009

Que la extinción de la acción penal sólo puede determinarse cuando se constate que la


Que la extinción de la acción penal sólo puede determinarse cuando se constate que la no conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por la legislación vigente sea atribuible a omisiones o falta de diligencia debida a los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones dilatorias del imputado o procesado