Auto Supremo AS/0440/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2009

Fecha: 05-Nov-2009

Que habiéndose dictado la sentencia de primera instancia el 17 de junio de 2003, aunque


Que habiéndose dictado la sentencia de primera instancia el 17 de junio de 2003, aunque hasta esa fecha hubieren los imputados presentado recursos calificados como actos dilatorios, no es posible adecuar a ese caso el criterio establecido por la Sentencia Constitucional número 0101 de 14 de septiembre de 2004 que aclara que, aún estando vencido el plazo para conclusión, las causas deben proseguir si la demora comprobada es atribuible a los procesados