Auto Supremo AS/0547/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2009

Fecha: 12-Nov-2009

Ahora bien, de la revisión prolija del expediente, en esta etapa del proceso es pertinente


Ahora bien, de la revisión prolija del expediente, en esta etapa del proceso es pertinente observar y considerar que el Auto de Vista N° 33 de 23 de febrero de 2005 (fs. 1423 a 1425 vlta.), al revocar parcialmente la parte resolutiva de la sentencia eliminando su párrafo segundo y modificando el párrafo tercero en su redacción, no se pronunció sobre las situaciones procesales de los imputados: Ramiro Aramayo Rojas respecto al delito de falsificación de instrumento privado previsto por el art. 200 del Código Penal con relación al art. 23 (complicidad) del mismo texto sustantivo penal, y Pablo Gómez Quintanilla respecto al delito de falsificación de instrumento privado previsto por el art. 200 del Código Penal, ambos ilícitos acusados en el Auto Final de Instrucción de 31 de mayo de 2002 (fs. 381 a 383 vlta.)