Auto Supremo AS/0556/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0556/2009

Fecha: 19-Nov-2009

Con relación a los defectos de la sentencia señalados en los puntos 3 y 5


Con relación a los defectos de la sentencia señalados en los puntos 3 y 5 del recurso, previstos por el art. 370 inc. 5) del Código de Procedimiento Penal, relativo a que no exista fundamentación de la sentencia en cuanto a los hechos probados o que está sea insuficiente, se estableció la existencia de fundamentación suficiente en la sentencia, advirtiendo en la misma una motivación clara, sustentada y congruente, asimismo proporciona unidad lógica en su redacción. Por lo expuesto, se advierte que no es evidente la denuncia de que el tribunal ad quem no haya observado las normas rituales del enjuiciamiento, sobre los defectos de la sentencia previsto en el inc. 5) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal y que fue observado en el recurso de apelación restringida, pues como se advirtió, las denuncias de ambos defectos fueron resueltas con las correspondientes consideraciones citadas líneas arriba, en los puntos III y IV del Auto de Vista recurrido a fs. 455 a 461