CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación es jurídico, puesto que se refiere a cuestiones de
CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación es jurídico, puesto que se refiere a cuestiones de puro derecho, sustantivo o procesal, lo que implica la exclusión de cuestiones de hecho relativas a problemas referidos a la valoración de la prueba, salvo que en esa apreciación se hubiere incurrido en errores de derecho o de hecho. Dado que el recurso de casación es de puro derecho, este Supremo Tribunal se encuentra imposibilitado de realizar una nueva valoración de la prueba, razón por la cual, en casación se debe respetar los hechos declarados probados por el tribunal inferior, salvo que el recurrente hubiese demostrado que los de instancia hubiesen incurrido en error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba, a tal efecto le corresponderá precisar el error de hecho o de derecho que alega en la valoración probatoria
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Wilson Roca Rodríguez (fojas 863 a 866 vuelta)
- Dispuso la confiscación definitiva a favor del Estado de los bienes cuyas actas de incautación
- Que, en grado de apelación, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito
- Contra esa resolución recurrieron en casación los imputados Wilson Roca Rodríguez y Rosnan Sossa Claure
- CONSIDERANDO: Que, Wilson Roca Rodríguez, acusó que las pruebas a las que hizo referencia el
- Que, Rosnan Sossa Claure acusó que el Auto de Vista recurrido consideró como prueba plena
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación es jurídico, puesto que se refiere a cuestiones de
- Que, en el caso de autos, ambos recurrentes sostienen que, las autoridades jurisdiccionales de instancia
- Que del análisis de todos los antecedentes acumulados en el proceso, se puede establecer que
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- RELATOR: MINISTRO Dr. Ángel Irusta Pérez
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
