Auto Supremo AS/0288/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2009

Fecha: 22-Dic-2009

CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de obrados, la resolución de vista y el recurso


CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de obrados, la resolución de vista y el recurso de casación, se tiene:

1.- Sobre la inversión de la prueba y la alegada infracción del art. 62 del Reglamento de la Ley General del Trabajo que tenemos resumido en el inciso a) supra, se debe recordar que ésta -la inversión de la prueba prevista por el art. 3-h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo- es un instituto procesal orientado fundamentalmente a equilibrar la desigualdad material en la que se encuentra el trabajador dentro del trámite de su demanda, por cuanto para acreditar el derecho que alega es poco o insuficiente el material probatorio con el que cuenta, toda vez que a su retiro no se lleva consigo los documentos que hacen al manejo interno de la empresa, tal el caso de los libros o las tarjetas de control de asistencia, las planillas de pago y otros que se quedan con el empleador y, siendo así, para que el juzgador cuente con los suficientes elementos de juicio es que la ley obliga al empleador demandado ya sea en su propio beneficio y por sí mismo o a pedido del trabajador o de la autoridad jurisdiccional, presentar ese material probatorio