No interviene el Conjuez José Ortuzte Quiroga por ausencia momentánea
No interviene el Conjuez José Ortuzte Quiroga por ausencia momentánea
- PARTES: Ministerio Público y Alcaldía Municipal de Camargo c/ Rubén Romero Molina y otros
- FECHA: 3 de diciembre de 2009
- CONSIDERANDO: Que mediante memorial presentado el 14 de mayo de 2004 conforme fluye a fojas
- CONSIDERANDO: Que, el representante de la Alcaldía Municipal de Camargo, recurre de casación en los
- Tampoco se consideró que el 14 de mayo de 2004, la parte procesada solicitó la
- III
- Con esos argumentos e invocando los artículos 296, 298, 303 y 304 del Código de
- CONSIDERANDO: Que delimitando el ámbito de análisis del presente recurso, corresponde señalar en primer término
- Similar criterio fue asumido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al establecer
- En el caso de autos se tiene que presentada la solicitud de extinción de la
- POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo
- No intervienen los Ministros Eddy Walter Fernández Gutiérrez y Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto
- No intervienen los Ministros Hugo R
- No interviene el Conjuez José Ortuzte Quiroga por ausencia momentánea
- Regístrese, comuníquese y remítase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
