CONSIDERANDO: que el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de Cochabamba, 26 de abril
CONSIDERANDO: que el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de Cochabamba, 26 de abril de 2006 (fojas 207 a 213), dictó sentencia por la cual declaró a Juan Carlos Rodríguez Vidal, autor del delito de abuso deshonesto, sancionándolo a la pena de 4 años de reclusión, tipificado por el articulo 312 del Código Penal y lo absuelve de culpa y pena de los delitos de violación con agravante, prevista en los artículos 308 y 310 del mismo cuerpo legal
- Violación
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 557 a 560) interpuesto por Juan Carlos Rodríguez Vidal,
- CONSIDERANDO: que el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de Cochabamba, 26 de abril
- Que contra esta resolución tanto el imputado (fojas 240 a 241) como el acusador particular
- Que cumpliendo el referido Auto de Vista y una vez concluido el juicio oral, el
- Que contra la citada sentencia condenatoria, el imputado interpuso el recurso de apelación restringida (fojas
- Que el impetrante formuló su recurso con presentación de los siguientes argumentos
- b) Afirma que el Auto de Vista es contradictorio, debido a que considero que "el
- Que efectuado el correspondiente análisis se llega a las siguientes conclusiones
- 2
- 3
- 4
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
