PARTES: Ministerio Público a querella de Rosendo Jofré Calderón y Carmen Elsa Gonzáles de Jofré
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 41 Sucre, 06 de febrero de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público a querella de Rosendo Jofré Calderón y Carmen Elsa Gonzáles de Jofré c/ Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de Rocha
AUTO SUPREMO: 41 Sucre, 06 de febrero de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público a querella de Rosendo Jofré Calderón y Carmen Elsa Gonzáles de Jofré c/ Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de Rocha
- PARTES: Ministerio Público a querella de Rosendo Jofré Calderón y Carmen Elsa Gonzáles de Jofré
- VISTOS: El requerimiento fiscal de 26 de julio de 2005 (fojas 686 a 689), pronunciado
- CONSIDERANDO: Que, la tramitación del proceso dentro un plazo razonable es una de las garantías
- Que, respecto al "plazo razonable", la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siguiendo a su vez
- Que, por ello se entiende que el plazo previsto por la citada Disposición Transitoria no
- Que, de los antecedentes que cursan en obrados se advierte que, a querella presentada por
- Que si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de tiempo
- Por lo expuesto precedentemente, no siendo evidente que los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
