Que, de los antecedentes que cursan en obrados se advierte que, a querella presentada por
Que, de los antecedentes que cursan en obrados se advierte que, a querella presentada por Rosendo Jofré Calderón y Carmen Elsa Gonzáles de Jofré contra Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de Rocha, el 4 de enero de 2000 se emitió Auto Inicial de Instrucción (fojas 34), sumario que finalizó con Auto de Procesamiento de 5 de marzo de 2001 (fojas 150 y vuelta), sobre cuya base se tramitó la fase del plenario que concluyó con sentencia de 14 de julio de 2003 (fojas 418 a 421 vuelta), que declaró a los imputados autores y culpables de los delitos de estafa y estelionato tipificados por los artículos 335 y 337 del Código Penal y les impuso la pena de cuatro años y dos meses de reclusión, resolución apelada por los procesados que fue confirmada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz mediante Auto de Vista de 2 de abril de 2004 (fojas 523 a 524), fallo recurrido en casación por los imputados, motivo por el cual el expediente fue recibido en esta Corte Suprema de justicia el 29 de septiembre de 2004 (fojas 682)
- PARTES: Ministerio Público a querella de Rosendo Jofré Calderón y Carmen Elsa Gonzáles de Jofré
- VISTOS: El requerimiento fiscal de 26 de julio de 2005 (fojas 686 a 689), pronunciado
- CONSIDERANDO: Que, la tramitación del proceso dentro un plazo razonable es una de las garantías
- Que, respecto al "plazo razonable", la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siguiendo a su vez
- Que, por ello se entiende que el plazo previsto por la citada Disposición Transitoria no
- Que, de los antecedentes que cursan en obrados se advierte que, a querella presentada por
- Que si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de tiempo
- Por lo expuesto precedentemente, no siendo evidente que los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
