Auto Supremo AS/0049/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2009

Fecha: 03-Feb-2009

En mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra razones para dar cabida a la


En mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra razones para dar cabida a la casación impetrada, correspondiendo observar la disposición contenida en el art. 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo