Resolución contra la que se interpuso recurso de casación en el fondo, por los representantes
Resolución contra la que se interpuso recurso de casación en el fondo, por los representantes de la empresa demandada (fs. 72-74), acusando:
En el fondo, error de hecho en la apreciación de la prueba, violación y aplicación indebida de la ley, por cuanto el tribunal de apelación entendió que la vigencia del contrato de trabajo del actor se extendería hasta la conclusión total de la obra y no del ítem de trabajo al que se asignó al demandante, conforme se tiene del contrato suscrito entre las partes, restándose vigencia al art. 12 de la Ley General del Trabajo y el DL. Nº 16187 de 16 de febrero de 1979, en los que se sustenta el contrato, pretendiendo, en su caso, aplicar el DS. Nº 17289 de 18 de marzo de 1980 que fue derogado por el DS. Nº 21060, todo por el hecho de haberse sometido al trabajador, a un período de prueba, en mérito a los términos del contrato
- AUTO SUPREMO Nº 049 - Social Sucre, 03 de febrero de 2009
- PARTES: Severo Huallpa Mamani c/ Empresa Constructora "APOLO" Ltda
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- En mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra razones para dar cabida a la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado por no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
