CONSIDERANDO: Que, del análisis del expediente se tienen los siguientes antecedentes: La sentencia de primera
CONSIDERANDO: Que, del análisis del expediente se tienen los siguientes antecedentes: La sentencia de primera instancia (fojas 197 a 202), pronunciada el 7 de abril de 2000, por el Tribunal Segundo de Partido de Sustancias Controladas de Santa Cruz, que declaró al procesado Aurelio Manani Astulla autor del delito de transporte de sustancias controladas y la absolución de José Luís Rojas Machado en el de complicidad en el citado delito, tiene como fundamentos los siguientes: a) Es evidente y comprobada la incautación de 10.800 gramos de cocaína, en la vagoneta placa de control CPR-990, conducida por Aurelio Mamani Astulla, en compañía de José Luis Rojas Machado. b) Es evidente y comprobada la participación del principal procesado Aurelio Mamani Astulla en el transporte de la cocaína, quien involucra al coprocesado José Luís Rojas Machado y otros que fueron liberados por el Fiscal de Sustancias Controladas. c) Que las pruebas de cargo, durante el proceso no fueron totalmente desvirtuadas por las pruebas de descargo relativas a los antecedentes y conducta de los procesados, manteniéndose firmes hasta esa instancia, el cargo y acusación contra los procesados. Pese a la última conclusión, en la parte resolutiva se sostiene que contra el procesado José Luís Rojas Machado no existe prueba plena correspondiendo su absolución
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Segundo de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa
- Apelada la decisión por el Ministerio Público (fs
- CONSIDERANDO: Que, el Fiscal de Sala de Sustancias Controladas recurre de casación en los términos
- II
- III
- Con los citados fundamentos, impetra se case el auto de vista recurrido y ante la
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- El Auto de Vista de 26 de agosto de 2003 (fs
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- Que por tal razón la valoración de los elementos de juicio es incensurable en casación
- Por ese motivo, José Luís Rojas Machado, fue declarado absuelto por el Tribunal Segundo de
- POR TANTO:La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
