Auto Supremo AS/0063/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2009

Fecha: 25-Feb-2009

Acusó también la interpretación errónea de los arts


Acusó también la interpretación errónea de los arts. 3 inc. j) y 158 del Adjetivo Laboral, porque si bien los jueces no están sujetos a la tarifa legal en la apreciación de la prueba, sino que tienen un amplio margen de libertad, conforme a la sana lógica, la confesión en materia laboral es expresa y divisible y el hecho admitido, así sea presuntivamente como ha sucedido en el presente caso, no requiere de otros medios de prueba, de tal modo que, al aplicar el mencionado principio que rige para otros medios como la testifical, inspección, indicios, se ha interpretado y aplicado erróneamente los artículos citados precedentemente