Auto Supremo AS/0063/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2009

Fecha: 25-Feb-2009

En lo referente a la denuncia de interpretación errónea del D


En lo referente a la denuncia de interpretación errónea del D.S. Nº 28699 de 1º de mayo de 2006, respecto de lo determinado en el art. 9, sobre el pago de la multa equivalente al 30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor en caso de incumplimiento en el pago del finiquito, no es evidente, toda vez que la resolución de vista declaró la improcedencia del pago de la multa del 30% a que hace referencia este decreto, del monto total a cancelarse, por cuanto no hubo despido injustificado del trabajador, disponiéndose que lo determinado en primera instancia se mantenga, por lo que la confusión presentada en el demandado respecto al pago de la indicada multa no es real, resultando innecesaria su acusación porque en ambas instancias se determinó que no se pague