Auto Supremo AS/0097/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2009

Fecha: 05-Mar-2009

CONSIDERANDO: Que, admitida y corrida en traslado la demanda y citados que fueron los jueces


CONSIDERANDO: Que, admitida y corrida en traslado la demanda y citados que fueron los jueces y los Sres. vocales demandados, Lilian Paredes Gonzáles y Oscar Barrios Sánchez, responden e informan dentro de la demanda de responsabilidad civil en los siguientes términos:

1.- Que, el recurso de casación de fs. 147 -148, no discrimina ni aclara si es en el fondo o en la forma o en ambos, por cuanto el recurso de casación en el fondo está legislado en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, procede por violación, interpretación errónea de la ley o aplicación indebida de ley sustantiva, y en el fondo cuando se han violado las formas esenciales del proceso, señaladas en el art. 254 del cuerpo legal antes citado