Auto Supremo AS/0300/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2009

Fecha: 12-Mar-2009

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6.- De lo expuesto se concluye que no existe contradicción en los términos del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes alegados, ni se incurrió en infracción de normas legales citadas en los recursos, por lo que corresponde resolverlos conforme lo estatuido por el artículo 419 del mismo cuerpo legal