Auto Supremo AS/0300/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2009

Fecha: 12-Mar-2009

CONSIDERANDO: que de la revisión de los antecedentes se establece que los recurrentes fundamentaron sus


CONSIDERANDO: que de la revisión de los antecedentes se establece que los recurrentes fundamentaron sus recursos haciendo alusión a una serie de medios probatorios judicalizados, denunciando que los mismos habrían sido obtenidos en inobservancia de los normas estipuladas en los artículos 16-I, II y III de la Constitución Política del Estado, 7º numeral 4º del Pacto de San José de Costa Rica, 33 inciso m) y 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, 8º, 12, 92, 100, 167, 169 inciso 3), 180, 183 y 188, 209, 211 y 333 del Código de Procedimiento Penal, pruebas que fueron admitidas por el órgano jurisdiccional e invocando como precedentes las Sentencias Constitucionales números 0188/2004 de 9 de febrero de 2004 y 1690/2004 de 18 de octubre de 2004; olvidando los recurrentes que los Fallos Constitucionales no configuran precedentes contradictorios de conformidad a lo establecido por el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal que señala: "El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema"