Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
RELATOR MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por: Eusebio Maman¡ Saire, Reynaldo Pinto Quispe, Anastasio Quispe
- Deducida la apelación restringida por los imputados, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior
- RECURSO DE CASACIÓN DE EUSEBIO MAMANI SAIRE, REYNALDO PINTO QUISPE, ANASTASIO QUISPE MILLARES, Y FRANCISCO
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- 4.- Denuncian la falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado
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- Con estos argumentos, solicitaron se deje sin efecto el auto de vista recurrido de casación
- RECURSO DE CASACIÓN DE JUAN CARLOS QUISPE CASAS.- El mencionado recurrente denunció
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- Con estos argumentos, solicitó se deje sin efecto el auto de vista recurrido de casación
- CONSIDERANDO: Que, a efectos de resolver los recursos en análisis y considerando que las denuncias
- Será pues en base a estos últimos criterios objetivados de la resolución, que los recurrentes
- A la luz de lo anteriormente expuesto, este Tribunal llegó a la conclusión de que
- En consecuencia, teniendo en cuenta que el Tribunal de Sentencia es el que establece la
- I-II
- Criterio ampliamente desarrollado por el Tribunal Constitucional de Bolivia en su abundante Jurisprudencia, así la
- "Si no proceden de esa forma y dictan una resolución sin respetar la estructura señalada,
- La exigencia de fundamentación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- En virtud de éstas razones, la ley procesal penal consagra en su art
- La motivación, a la vez que un requisito formal que en la sentencia no se
- La motivación debe ser expresa, clara, legítima y lógica
- En la especie, el tribunal de apelación -en el ejercicio del control de la legalidad
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- II-I
- Desde la perspectiva del derecho procesal penal, el derecho a la defensa puede ser definido
- Sin embargo no todos los derechos son absolutos, tienen su limitación, ya que no se
- Es así que el recurrente tenía expedita las vías correspondientes para hacer valer sus derecho
- Consiguientemente, bajo estas premisas, las denuncias formuladas por el recurrente Juan Carlos Quispe Salas, carecen
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
