Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0132/2009
Fecha: 04-May-2009
Dr. Julio Ortiz Linares
Dr. Julio Ortiz Linares
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PARTES: Ximena Lourdes Prieto Barragán c/ Marco Antonio Soria López
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CONSIDERANDO I: Que la Juez Tercero de Partido de Familia de la ciudad de Sucre,
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Que en grado de apelación deducida por el demandado, mediante auto de vista Nº SCII-306/2006
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Contra la referida resolución de vista Marco Antonio Soria López, interpone recurso de casación en
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CONSIDERANDO II.-Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis, se tiene
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Que, de un cuidadoso análisis del recurso en relación a los datos del proceso se
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Mas aún si se toma en cuenta que en el recurso que se examina, el
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Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado dando aplicación a la previsión de los arts
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POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
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MINISTRA RELATORA Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Dr. Julio Ortiz Linares
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
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