Cámara de la Sala Penal Primera
Fdo. Dr. José Luís Baptista Morales
Dra. Rosario Canedo Justiniano
Dr. Ángel Irusta Justiniano
Sucre, 7 de mayo de 2009
Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera
- VISTOS: los memoriales de 15 de agosto de 2006 y de 28 de marzo de
- CONSIDERANDO: que los recurrentes, explicando que los hechos calificados como delitos de falsedad ideológica y
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la doctrina, la prescripción se traduce en los efectos que
- Conforme a ello, es el propio Estado el que, a través de la norma, establece
- CONSIDERANDO: que la resolución de la extinción de la acción es de previo y especial
- CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de prescripción en atención a los siguientes antecedentes:
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- El Ministro de la Sala Penal Primera Dr. Ángel Irusta Pérez es de voto disidente
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
