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    Auto Supremo AS/0292/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0292/2009

    Fecha: 07-May-2009

    Cámara de la Sala Penal Primera


    Fdo. Dr. José Luís Baptista Morales

    Dra. Rosario Canedo Justiniano

    Dr. Ángel Irusta Justiniano

    Sucre, 7 de mayo de 2009

    Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de

    Cámara de la Sala Penal Primera
    • VISTOS: los memoriales de 15 de agosto de 2006 y de 28 de marzo de
    • CONSIDERANDO: que los recurrentes, explicando que los hechos calificados como delitos de falsedad ideológica y
    • CONSIDERANDO: que de acuerdo a la doctrina, la prescripción se traduce en los efectos que
    • Conforme a ello, es el propio Estado el que, a través de la norma, establece
    • CONSIDERANDO: que la resolución de la extinción de la acción es de previo y especial
    • CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de prescripción en atención a los siguientes antecedentes:
    • POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • El Ministro de la Sala Penal Primera Dr. Ángel Irusta Pérez es de voto disidente
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro Tomas de Razón 2/2009

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