Auto Supremo AS/0377/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2009

Fecha: 04-May-2009

El tiempo transcurrido desde la recepción del expediente en la entonces Sala Penal única de


El tiempo transcurrido desde la recepción del expediente en la entonces Sala Penal única de esta Corte Suprema de Justicia, en mérito al recurso de casación interpuesto por el imputado Hugo Lemo Espinoza, no puede ser considerado perse, como indebida dilación, en efecto la falta de pronunciamiento obedece a la excesiva carga procesal existente en el Supremo Tribunal y no precisamente a actos u omisiones indebidas de este Tribunal