Auto Supremo AS/0031/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2009

Fecha: 24-Jun-2009

Deducida la apelación por el demandado perdidoso, la Sala Civil, Familiar, Social, del Niño, Niña


Deducida la apelación por el demandado perdidoso, la Sala Civil, Familiar, Social, del Niño, Niña y Adolescente del Distrito Judicial de Pando, mediante Auto de Vista No. 16 de 1 de abril 2008 (fs. 289-290), confirmó totalmente la sentencia apelada con costas en ambas instancias, motivando con ello la interposición del recurso de casación en el fondo en el que denunció la interpretación errónea del art. 951 del Código Civil (CC), habida cuenta que la demanda fue presentada por nulidad de documento y no por anulabilidad, lo que implica la violación del art. 190 del Código de Procedimiento Civil (CC), porque no se falló conforme los puntos demandados. Agrega, que existe error de hecho en la apreciación de la prueba documental, porque las demandantes no presentaron la declaratoria de herederos inscrita en derechos reales, consiguientemente no demostraron derecho propietario alguno contraviniendo el art. 1538-III del CC