Auto Supremo AS/0398/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2009

Fecha: 23-Jul-2009

Que no siendo los imputados responsables de la demora, tampoco se debe esa situación a


Que no siendo los imputados responsables de la demora, tampoco se debe esa situación a negligencia o descuido del órgano jurisdiccional, sino a la excesiva carga procesal que abruma a todas las Salas de esta Corte Suprema de Justicia por causas de fuerza mayor que son de dominio público, pese a lo cual, tal circunstancia obliga a dar cumplimiento a lo dispuesto por la indicada Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal cuya última parte prescribe que los jueces, después de constatar el transcurso del plazo previsto para conclusión del proceso, deben, a petición de parte o de oficio, ordenar el archivo de obrados