CONSIDERANDO: que los procesados ya mencionados en el exordio, con el argumento de haber transcurrido
CONSIDERANDO: que los procesados ya mencionados en el exordio, con el argumento de haber transcurrido más de siete años desde el inicio del proceso el 19 de julio de 1998 que se rige por el Código Procesal de 1972 y la Ley 1008 y más de cinco años desde la publicación del nuevo Código de Procedimiento Penal, por lo que en cumplimiento a lo determinado por la cláusula tercera de las medidas transitorias del referido código y de la Sentencia Constitucional número 0101/2004 piden la extinción de la acción penal dentro del juicio que les sigue el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias controladas, el mismo que se encuentra en espera de resolución dentro del recurso de casación que formularon
- Partes: Ministerio Público c/ José Villanueva Arce Loza y Uver Choque Flores
- Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
- VISTOS: las solicitudes de extinción de la acción penal presentada (fojas 428 a 429) por
- CONSIDERANDO: que los procesados ya mencionados en el exordio, con el argumento de haber transcurrido
- Que remitido a conocimiento del Ministerio Público las referidas solicitudes en fecha 8 de noviembre
- Sin embargo de la revisión de antecedentes encontramos la existencia de actos dilatorios atribuidos a
- CONSIDERANDO: que la Sentencia Constitucional número 1042 de 5 de septiembre de 2005 establece que
- Por otra parte en caso de autos se está ante un delito de tráfico de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- VISTOS: las solicitudes de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes
- Que en consecuencia, habiendo transcurrido más de nueve años desde que se inició ese proceso
- Que no habiéndose percibido señal alguna que permita afirmar que la demora comprobada tuvo origen
- Que el tema de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
