Auto Supremo AS/0401/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2009

Fecha: 27-Jul-2009

Que no habiéndose percibido señal alguna que permita afirmar que la demora comprobada tuvo origen


Que no habiéndose percibido señal alguna que permita afirmar que la demora comprobada tuvo origen en actos dilatorios atribuibles a los imputados, no corresponde aplicar la aclaración contenida en la Sentencia Constitucional número 0101 de 14 de septiembre de 2004 que aclara que, cuando ese tipo de actos se producen, no es viable la norma prevista por la indicada Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal