Auto Supremo AS/0170/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2009

Fecha: 20-Ago-2009

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5.- En efecto, en la aludida resolución de vista, el tribunal de alzada haciendo un compendio de las pretensiones del asegurado, estableció que la revisión definitiva y se consideren lo observado en dicho auto de vista, criterio que nos lleva a inferir que no cumplió con el mandato del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que si bien analizó a detalle los documentos presentados por la asegurada, nuevamente delega esta tarea al ente gestor y retrotrae el trámite de la causa hasta el inicio de ésta, de modo tal que la "revocatoria" dispuesta tiene efecto anulatorio, contraviniendo así la normativa que regula la adecuada interposición y resolución de los recursos de apelación, puesto que, al disponer la revocatoria de la resolución de la Comisión de Reclamación, era su obligación el estudio del fondo de la problemática y definir la situación jurídica de la asegurada