Auto Supremo AS/0170/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2009

Fecha: 20-Ago-2009

Al no ser excusables las omisiones en las que incurrió el tribunal de alzada y


Al no ser excusables las omisiones en las que incurrió el tribunal de alzada y ante las reiteradas llamadas de atención en casos similares, se impone una multa de Bs. 150.- a cada uno de los señores Vocales signantes, que será cobrado por el Consejo de la Judicatura