Auto Supremo AS/0207/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2009

Fecha: 29-Ago-2009

Finalmente indica que otra prueba documental erróneamente valorada es la carta de 1º de julio


Finalmente indica que otra prueba documental erróneamente valorada es la carta de 1º de julio de 2003 remitida al directorio de la fundación por la empresa FEICOBOL, por la que se reclama la no participación de la fundación demandada en la feria internacional, debido a que no fue inscrita por su responsable no obstante su reserva y el pago del stand Nº 118 del pabellón