La cosa juzgada en sus límites objetivo y subjetivo para alcanzar su condición de presunción
La cosa juzgada en sus límites objetivo y subjetivo para alcanzar su condición de presunción legal de jure, requiere reunir las tres identidades: sujeto, objeto y causa, así se desprende de los arts 1318-II-3) y 1319 del Código Civil. En consecuencia, al no existir las tres identidades que exige la norma no se puede hablar de cosa juzgada
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