VISTOS: El recurso de casación de fs
SALA CIVIL SEGUNDA
Expediente Nº Sc-143-06-A
AUTO SUPREMO Nº 71 Sucre, 05 de Septiembre de 2009
DISTRITO: Santa Cruz Proceso: Ordinario Civil
Partes: Pablo Guardia Melgar c/ Maria Lia Melgar de Eguez
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación de fs. 694 a 700, interpuesto por Ángel Egüez Rivero, Lía Melgar de Egüez y Bernardina Melgar de Domínguez, contra el Auto de Vista Nº 395 de fecha 29 de julio de 2006 cursante a fs. 688 a 689 vuelta, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario de nulidad de documentos y reconvención por reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, memorial de respuesta de fs. 711 a 713 vuelta, auto de concesión del recurso de fs. 714, y:
CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, pronunció la resolución de fecha 23 de enero de 2006, cursante a fs. 632 a 636 y resolviendo las excepciones planteadas por el demandado declaró probadas las de incompetencia y de cosa juzgada, ordenando el archivo de obrados, previa ejecutoria
Expediente Nº Sc-143-06-A
AUTO SUPREMO Nº 71 Sucre, 05 de Septiembre de 2009
DISTRITO: Santa Cruz Proceso: Ordinario Civil
Partes: Pablo Guardia Melgar c/ Maria Lia Melgar de Eguez
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación de fs. 694 a 700, interpuesto por Ángel Egüez Rivero, Lía Melgar de Egüez y Bernardina Melgar de Domínguez, contra el Auto de Vista Nº 395 de fecha 29 de julio de 2006 cursante a fs. 688 a 689 vuelta, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario de nulidad de documentos y reconvención por reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, memorial de respuesta de fs. 711 a 713 vuelta, auto de concesión del recurso de fs. 714, y:
CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, pronunció la resolución de fecha 23 de enero de 2006, cursante a fs. 632 a 636 y resolviendo las excepciones planteadas por el demandado declaró probadas las de incompetencia y de cosa juzgada, ordenando el archivo de obrados, previa ejecutoria
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Apelada que fue la anterior resolución, por Pablo, Dora, Lidia y José Venancio Guardia Melgar
- Contra la referida resolución de segundo grado, Ángel Egüez Rivero, Lía Melgar de Egüez y
- CONSIDERANDO II: Respecto al argumento esgrimido por los recurrentes en el recurso de casación en
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- Asímismo, la competencia se mide entre otras, por la naturaleza y la materia de los
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- Respecto al argumento del recurso de casación en el fondo, de que el auto de
- La cosa juzgada en sus límites objetivo y subjetivo para alcanzar su condición de presunción
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- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Para sorteo y resolución, interviene la señora Ministra Rosario Canedo, Presidente de la Sala Civil
- MINISTRA RELATORA: Dra Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Proveído, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
