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2.- En grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz confirmó las sanciones de condena impuestas a Hugo Alfredo Maizer Zarco y a Joaquín Suárez Saavedra, revocó la sentencia absolutoria que benefició a José Erivan de Oliveira y la sustituyó por la pena de seis años y ocho meses de presidio correspondiente a complicidad, confirmó las sentencias absolutorias que beneficiaron a Gladys Gutiérrez Gutiérrez y a Fabiola Parada Gutiérrez, y confirmó las decisiones sobre destino de los bienes que fueron incautados en la fase preliminar del proceso
- Partes: Ministerio Público c/ Fabiola Parada Gutiérrez, Hugo Maizer Zarco y otros
- Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
- VISTOS:los recursos de casación interpuestos el 4 de junio de 2003 por Fabiola Parada Gutiérrez
- CONSIDERANDO: que los mencionados recursos tuvieron origen en los siguientes antecedentes
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- CONSIDERANDO: que los argumentos expuestos por los recurrentes en sus recursos de casación corresponden al
- CONSIDERANDO: que del cotejo de lo expuesto por los recurrentes con los datos del proceso,
- Cabe señalar que, habiendo ella presentado el mismo reclamo sobre tal vehículo cuando planteó su
- Corresponde en consecuencia aplicar la disposición contenida en el numeral 2) del artículo 307 del
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
