CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes
CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes conclusiones:
Dictada la sentencia Nº 1 de fs. 565 a 575, la imputada Analía Parada Valverde fue notificada personalmente con dicho fallo el 15 de enero de 2009 (fs. 576), teniendo término para formular apelación restringida hasta el 21 de febrero de 2009, esto en atención a que del 2 al 20 de febrero de 2009, se produjo vacación judicial (fs. 617 vlta.),
Ahora bien, la apelación restringida de la imputada Analía Parada Valverde fue presentada extemporáneamente el 25 de febrero de 2009 (fs. 620 a 622 vlta.), esto en virtud que la Sentencia Constitucional Nº 1173/2004-R de 26 de julio, en caso similar entendió que no es "relevante que la Corte Superior hubiera dispuesto horario continuo o tolerancia, al no ser motivo de suspensión de los plazos previstos por ley, conforme al art. 130 del CPP; norma que de manera expresa señala en qué supuestos es posible la suspensión de los mismos". Así, la Circular Nº 18/2009 de 23 de enero, que dispuso la suspensión de la jornada laboral del sábado 21 de febrero de 2009 (fs. 711), no suspendió el plazo para la interposición de la apelación restringida de la imputada y que pretende hacer valer en el fondo no obstante su presentación extemporánea
- Partes: Ministerio Público y Mario Ausberto Toledo Sandoval c/ Analía Parada Valverde
- CONSIDERANDO: Que, la imputada Analía Parada Valverde en su recurso de casación de 25 de
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes
- Que, por lo expuesto y no siendo evidente la violación a las normas y resolución
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase al Tribunal de Apelación
- Firmado
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Analía Parada Valverde el 25 de abril del
- CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda emitir respecto a ese recurso,
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- Explicaron que, aunque efectivamente las labores judiciales no se reanudaron el día 21 sino el
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- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis respectivo, se llega a las siguientes conclusiones: a) La impetrante
- Regístrese y hágase saber
