Auto Supremo AS/0430/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2009

Fecha: 30-Sep-2009

CONSIDERANDO: que efectuado el análisis respectivo, se llega a las siguientes conclusiones: a) La impetrante


CONSIDERANDO: que efectuado el análisis respectivo, se llega a las siguientes conclusiones: a) La impetrante presentó su recurso de apelación restringida el primer día de labores en Tribunales, al término de dos recesos continuos originados el primero en vacación judicial de carácter colectivo y el segundo en suspensión por carnaval; b) Debía admitirse dicho recurso, pues la suspensión de labores en una entidad, cualquiera que sea su causa, esté o no prevista en la legislación, es asimilable a las situaciones calificadas como de caso fortuito o fuerza mayor que justifican el incumplimiento de un deber, compromiso u obligación, por ser inevitable para los usuarios y no tener origen en la voluntad de ellos