CONSIDERANDO: En la especie, el recurso de casación interpuesto por la querellante, de la revisión
CONSIDERANDO: En la especie, el recurso de casación interpuesto por la querellante, de la revisión de los antecedentes procesales en el marco de los fundamentos anteriormente expuestos, con referencia a la fundamentación e infracción de leyes acusadas en el recurso que se examina, se establece que la Corte ad quem al pronunciar la resolución recurrida que confirma la sentencia de primer grado, con la facultad que le confiere el art. 135 del Código de Procedimiento Penal con relación al art. 290 del mismo compilado procedimental, valorando en su conjunto los medios de prueba aportados al proceso, guiado por la sana y prudente crítica, siendo incensurable en casación, llegando a la convicción jurídica cierta y efectiva, de que la conducta del procesado Napoleón Quintin Torres Renjifo, no se subsume a la figura delictiva de encubrimiento en el delito de robo agravado, previsto y sancionado en el art. 171 con relación al 332.2) del Código Penal, por lo que declaratoria de absolución es correcta de conformidad al art. 244.1) del Código de Procedimiento Penal
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por la querellante Pascuala Mercado Maydana de Condori a
- CONSIDERANDO: Deducida la apelación por la querellante, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior
- La querellante, acusa la violación de la ley sustantiva al haber absuelto a Quintin Torres,
- Con dichos antecedentes, más toda la prueba que cursa en obrados tanto testifical e instrumental,
- Con estos fundamentos, la querellante solicitó se case la resolución recurrida y deliberando en el
- En principio es pertinente señalar que de acuerdo a la amplia jurisprudencia emanada de este
- Bajo estas premisas, se tiene que el art
- En ese contexto, la infracción directa de la ley sustantiva se considera que aparentemente es
- En lo que toca a la aplicación indebida de la ley sustantiva, esta relacionada principalmente
- Por otra parte, la interpretación errónea de la ley sustantiva, es precisamente la crítica al
- En lo referente a la infracción de la ley sustantiva, en la calificación de los
- Entendiéndose por prudente arbitrio, como la facultad que la ley deja a los jueces o
- En ese antecedente el art
- Con relación al art
- En lo referido al art
- Por último, de acuerdo a lo establecido por el art
- CONSIDERANDO: En la especie, el recurso de casación interpuesto por la querellante, de la revisión
- En consecuencia, conforme se tiene expuesto, la valoración de todos y cada uno de los
- No siendo evidentes las denuncias formuladas en el recurso de casación que se analiza, corresponde
- Penal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
