Es más, de las pruebas que cursan en el proceso, se tiene evidente certeza que
Es más, de las pruebas que cursan en el proceso, se tiene evidente certeza que David Reynaldo Herrera Rivera giró los cheques N° 220009, 220016, 220010, 220011 a favor del Banco Potosí S.A. que fueron entregados y garantizados por Ciro Hugo Pereyra y fue Reynaldo Quiroz Chacón quien endosó los documentos mercantiles en favor del Banco Central de Bolivia, obteniéndose así la entrega de divisas en forma adelantada a favor de los clientes tal como lo demuestran las diferentes solicitudes que cursan en el proceso, pese que existía un decreto que autorizaba la venta de divisas al Banco Central de Bolivia previa entrega de cheques del cliente, se transfirió montos sin constatar en el banco exterior la existencia de fondos del girador, causando de esta manera un daño económico a la referida institución bancaria y por ende al Estado, por lo que se tiene demostrado que los dos procesados adecuaron su conducta al tipo penal de giro de cheque en descubierto y estafa, el primero como autor directo y el tercero de los nombrados como cómplice
- CONSIDERANDO: Que, a la conclusión de la fase del plenario, el Juzgado Segundo de Partido
- Que en la fase siguiente debido al recurso de apelación interpuesto por la parte querellante,
- CONSIDERANDO: Que, la parte civil formuló recurso de casación de (fojas 2730 a 2732), impugnando
- CONSIDERANDO: Que, examinados los argumentos expuestos en el recurso de casación y haciendo un cotejo
- Es más, de las pruebas que cursan en el proceso, se tiene evidente certeza que
- Por lo mencionado up supra, resulta no ser evidente la violación de las leyes sustantivas
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
