Auto Supremo AS/0006/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2010

Fecha: 13-Ene-2010

Con respecto al recurso traído por la defensa de Ofelia Machicado Céspedes de fs


Con respecto al recurso traído por la defensa de Ofelia Machicado Céspedes de fs. 3944 a 3946 vlta., tampoco son evidentes las demás denuncias efectuadas, por lo siguiente: los tipos penales por los que fue condenada no son excluyentes se trata de una conducta propia que seguidamente es agravada cuando dentro de esta se cumplen ciertas condiciones que resaltan el dolo y la temeridad del agente, y entre estas dos primeras con respecto a la última son tipos penales totalmente diferentes que están sustentados por sus propios elementos constitutivos no teniendo asidero legal el hecho que el juez condene o mencione los tres tipos penales si concluyó imponiendo la pena del mas grave y que este tribunal la considera correcta por la extensión del daño causado, dejando de esta forma también en evidencia de no ser cierta la aseveración que realiza la recurrente, en cuanto a la observación de las cirsustancias atenuantes reclamadas. ­De allí que se extrae que el juez a-quo observó correctamente las mismas, por lo que deviene de esta forma, que tampoco el tribunal ad ­quem aplico erróneamente el art. 135 del Código de Procedimiento Penal al no rebajar la condena, solicitada por la recurrente