En otras palabras, el conflicto de competencias se configura cuando sobre la tramitación de un
En otras palabras, el conflicto de competencias se configura cuando sobre la tramitación de un determinado asunto existen dos autoridades que reivindican para sí la competencia para conocer y resolver un determinado asunto. Frente a esta situación, de confrontación entre ambos, intervendrá el tribunal superior reconocido por ley -Corte Superior o Corte Suprema, según sea el caso- que será quien dirima el conflicto y determine a cuál de las autoridades corresponde la competencia para conocer y resolver el caso que generó la controversia, pero para ello deben observarse también, las formas de sustanciación y tramitación establecidas por ley
- b)
- La inhibitoria se intenta ante el juez o tribunal que se considere competente a quien
- Como se aprecia, el Código de Procedimiento Penal en el artículo 310, cuando se refiere
- e)
- En otras palabras, el conflicto de competencias se configura cuando sobre la tramitación de un
- d)
- III
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declara
- No intervienen por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional los Ministros
- No interviene por encontrarse cumpliendo comisión oficial el Ministro José Luís Baptista Morales
- Regístrese y comuníquese
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
