Auto Supremo AS/0395/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2010

Fecha: 16-Oct-2010

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60 num. 1 de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 1972-1973 que se pronuncia por la improcedencia, ANULA obrados hasta fs. 1956, inclusive, sin que ello signifique afectar la validez del Auto Constitucional 0122/2010-CA de 26 de abril de 2010 de fs. 2153-2157, emitido por el Tribunal Constitucional; disponiendo que el tribunal de alzada, sin turnos de espera, bajo responsabilidad administrativa, pronuncie nuevo auto de vista, con la pertinencia de los arts. 190 y 236 del Cód. Pdto. Civ