Auto Supremo AS/0506/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0506/2010

Fecha: 01-Oct-2010

Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo de fecha 26/7/2006, cursante de


Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo de fecha 26/7/2006, cursante de fs. 468-472, interpuesto por los coactivados ALFREDO GARECA LORÍA, JOSÉ GIL GARECA y MARCO ANTONIO FLORES IÑIGUEZ. Mediante el cual acusan:

1. Recurso de casación en la Forma por violación de los arts. 6 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, 50, 56 y 58 del Cód. Proc. Civ., alegando que se admite la demanda, pese a la elemental carencia de que: "La demanda coactiva de fs. 202 fue iniciada por la abogada Lorena Jáuregui Estrada, en su supuesta representación de Jaime Barrenechea, haciendo mención a un supuesto poder notarial que le hubiese concedido en calidad de Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B.; sin embargo, la misma no acreditó ningún mandato para ejercer esa personería, y de suyo, tampoco se ha demostrado, cual se requiere, que el supuesto mandante sería en efecto el Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B., (...)". Pese a tal elemental carencia, se pronuncia la sentencia, que es apelada, sin acreditar nuevamente ninguna personería, cuya circunstancia no podría abrir competencia del tribunal, toda vez que el abogado no tiene personería para actuar en representación de la parte, sino facultad de actuar en asuntos de mero trámite; imponiendo la nulidad de actuados hasta la demanda inclusive, citando el A.S. Nº 284 de 2/10/2001