Señaló como precedente contradictorio el Auto Supremo No
Señaló como precedente contradictorio el Auto Supremo No. 537 de 17 de noviembre de 2006, que señala que el Ad-quem debe verificar, que la valoración de la prueba realizada por el inferior se encuentre conforme a las reglas de la sana crítica, que al respecto el Auto Supremo Nº 438 de 15 de octubre de 2005, establece que la valoración de las pruebas es facultad exclusiva de los jueces y Tribunales de Sentencia, pues son ellos los que reciben en forma directa la producción de la prueba
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- Libro de Tomas de Razón 3/2010
