- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, deducida por la institución demandada (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Concluyó solicitando que el tribunal supremo case el auto de vista y "la sentencia de
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolver el mismo
- A este fin, la Alcaldía Municipal debió presentar las licitaciones realizadas para el cuidado de
- Bajo estos parámetros, este tribunal concluye que no es evidente la vulneración de los arts
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- En este contexto, es menester señalar que tampoco es evidente que los documentos presentados por
- Bajo estos conceptos, contrastando los razonamientos esbozados en la resolución de vista con el acervo
- Además, se advierte que se aplicó el principio de la primacía de la realidad en
- Bajo este principio, no importa la autonomía de la voluntad, sino la demostración de la
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
