Auto Supremo AS/0453-A/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453-A/2010

Fecha: 15-Nov-2010

Es cierto que el proceso Coactivo Fiscal, se inicia en base a los informes preliminar


Es cierto que el proceso Coactivo Fiscal, se inicia en base a los informes preliminar y complementario de auditoría, debidamente aprobado por el Contralor General de la República, conforme establece el art. 3 del Procedimiento Coactivo Fiscal, es decir sobre un acto administrativo acabado y aprobado en sede administrativa a cargo de la Contraloría, en cuya elaboración no participa el órgano jurisdiccional, quien sólo se encuentra encargado del control de legalidad mediante el proceso Coactivo Fiscal, como ocurre en el caso presente