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    Auto Supremo AS/0496/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0496/2010

    Fecha: 23-Nov-2010

    Min. Hugo R. Suárez Calbimonte


    Firmado: Min. Esteban Miranda Terán

    Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • PARTES: María Angélica Lazarte Nogales c/ Laboratorio Fotográfico "PROLAB IV"
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo de
    • En grado de apelación por Auto de Vista Nº 079/2007 de 15 de marzo de
    • Fallo que motivó el recurso de casación en el fondo, en el que acusa al
    • Concluye solicitando que con sindéresis y análisis valorativo case la sentencia y el auto de
    • CONSIDERANDO II: Que del análisis de los fundamentos del recurso, el contenido del auto de
    • Pero el cuestionamiento no pasa por ese tema, sino por el hecho de que habiendo
    • Ahora bien, al haberse procedido a la ruptura unilateral de la relación laboral por parte
    • El recurrente sostiene que los beneficios por vacaciones y duodécimas de aguinaldo en el doble
    • Consiguientemente, corresponde dar cumplimiento a las previsiones contenidas en los arts
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario del abogado en Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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