Auto Supremo AS/0590/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0590/2010

Fecha: 09-Nov-2010

Asimismo, no obstante a ello, se puede evidenciar que el Tribunal de Alzada ha fundamentado


Asimismo, no obstante a ello, se puede evidenciar que el Tribunal de Alzada ha fundamentado su resolución mencionando -entre otros- que: "En consecuencia, es evidente que el fallecido percibió sueldos y no honorarios por servicios prestados, más aún cuando la credencial y la llave ofrecidas como prueba de cargo comprueban que prestó servicios como encargado de limpieza y portero del Instituto Tecnológico del Sur, cargo que no se asimila al contrato de prestación de servicios previsto en el art. 731 del Cód. Civ., al estar demostrada su dependencia laboral y la realización de su trabajo por cuenta ajena, en el marco de aplicación del D.S. Nº 23570 de26/7/1993."