Auto Supremo AS/0590/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0590/2010

Fecha: 09-Nov-2010

Continúa alegando que, para que un accidente de trabajo tenga tal calidad, conforme el art


Continúa alegando que, para que un accidente de trabajo tenga tal calidad, conforme el art. 81 de la LG.T. conc. con el art. 2 del D.S. Nº 24469 - Reglamento de la Ley de Pensiones, es menester la concurrencia de tres requisitos: a) el trabajo por cuenta ajena, b) lesión orgánica, trastorno funcional o muerte y c) existencia de relación de causalidad entre el trabajo y la lesión o muerte; por lo cual indica que, se debió también tener presente que evidentemente la inversión de la prueba corresponde al empleador, conforme a lo establecido por los arts. 3 inc. h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab