Auto Supremo AS/0590/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0590/2010

Fecha: 09-Nov-2010

Conviene señalar que es pues la interpretación en conjunto y no aislada de estas circunstancias


Conviene señalar que es pues la interpretación en conjunto y no aislada de estas circunstancias la razón que induce a los Juzgadores de Instancia -quienes no están sometidos a la tarifa legal de la prueba- a formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del proceso y la conducta procesal de las partes, coligiéndose con esto que el conjunto de pruebas aportadas los condujeron a aplicar, en el caso de autos, lo previsto por los arts. 3 incs. g) y j) y 158 del Cód. Proc. Trab